21 de diciembre de 2011

SECCIÓN

INTERLOCUCIONES EN TIEMPOS TORMENTOSOS

El presente texto fue publicado originalmente por la Universidad de Duke. Peter Bratsis, un colega de la escuela de graduados en CUNY, autorizó la traducción que al castellano hiciera el maestro Nicolás Jaramillo, a quien agrdecemos su disposición de compartir su versión castellana del escrito, sin perjuicio de su aparición en medios escritos, como lo anunciara en la remisión original. Luego de una revisión y partición de párrafos extensos para un lector corriente, volvemos a publicar el ensayo aquí. Es un reconocimiento tardío a los impasses tenidos con Peter en la realización del V Seminario Internacional A. Gramsci, quien generosamente dispuso de su tiempo para participar de aquel evento en el primer semestre de este año. N de la R.


LA CONSTRUCCIÓN DE LA CORRUPCIÓN, O LAS REGLAS DE SEPARACIÓN Y LAS ILUSIONES DE LA PUREZA EN LAS SOCIEDADES BURGUESAS.[i]

El problema real no es que algo está fuera de su lugar; es que no hay proceso político alguno por medio del cual podamos ubicar lo que pensamos es la buena sociedad, a fin de conocer si nos estamos moviendo en la dirección correcta o si estamos en un estado de diaphthora. Las ilusiones de la pureza y el deseo del orden han reemplazado a la política real; este es el problema.

Peter Bratsis[ii]

Traducción de Nicolás Javier Jaramillo Gabanzo[iii]

¿Qué es asaltar un banco comparado con fundar uno?

- B. Brecht, La ópera de los tres centavos[iv]

La profanación nunca es un acontecimiento aislado. No puede ocurrir excepto en la perspectiva de un orden sistemático de las ideas. Así cualquier interpretación hecha por partes acerca de la contaminación de las reglas de otra cultura está destinada al fracaso. La única forma bajo la cual las ideas de la contaminación tienen sentido, es refiriéndolas a una estructura completa de pensamiento cuyas claves, límites, márgenes y líneas internas estén referidas a una relación con los rituales de la separación.

- Mary Douglas, Pureza y peligro

¿Alguien dijo Corrupción?

George W. Bush y su “coalición de la voluntad” declaró la guerra al régimen corrupto de Saddam Hussein. Los fundamentalistas islámicos ridiculizan a su vez aquellos gobiernos nacionales como corruptos y, por consiguiente, tienen poco aprecio por los Estados Unidos, el jefe de varios de estos regímenes. El Banco Mundial ha declarado a la corrupción como el obstáculo más grande para el desarrollo global. La Milicia de Michigan y otros grupos de derecha similares afirman que las instituciones federales, como el FBI y el IRS, son una corrupción. Los críticos de izquierda y los reformistas, como Michael Moore y Ralph Nader, atacan a la corrupción que supuestamente infesta la vida política y económica estadounidense.

La lista podría continuar y parece muy difícil que alguna tendencia política contemporánea no incluya alguna agenda anticorrupción. Sorprende que varios discursos políticos diferentes y antagónicos coincidan en que la corrupción es un problema, algunas veces el problema. Independientemente del marco interpretativo (de derecha, de izquierda, populista, tecnocrático, religioso, secular, etc.), el fantasma de la corrupción se mantiene constante y ésta se concibe como inevitable e incuestionada; incuestionada ya que su no deseabilidad se da por sentada, no es necesario ningún argumento adicional – A pesar de todo ¿quién está en favor de la corrupción? – e inevitable debido a que la corrupción parece estar referida a tensiones, antagonismos y traumas subyacentes que, sin importar las herramientas conceptuales ni las tendencias políticas, no puede ser ignorada o pasada por alto.

Estas ligeras observaciones resaltan el principal obstáculo en, así como la necesidad de, la comprensión de la corrupción. La idea de la corrupción ha devenido tan universal e incuestionada, tan parte de varios sentidos comunes, que sus determinaciones, sus especificidades históricas y sus funciones sociales, se mantienen ocultas. Si esto es verdad en cualquier parte, lo es respecto a la popularidad siempre creciente del término corrupción corporativa. El abuso de información privilegiada y el soborno pueden probablemente ser reemplazados por la categoría de “corrupción corporativa”. Pero ¿qué sucede con la malversación, o la persecución contra los sindicatos, o la transferencia de precios o la obsolescencia planeada? ¿Qué hace de algo una corrupción? Además, ¿que hace a la corrupción tan mala?

Este ensayo contiene un examen de las bases y la función del concepto corrupción. El debate se centra en la versión más desarrollada y seminal de la noción en la sociedad moderna, la de la corrupción política. Comienza con una discusión referida a sus definiciones, en el ensayo se sostiene que hay una diferencia significativa y muy negada entre las comprensiones modernas y pre modernas de la corrupción. Se afirma que la comprensión moderna de la corrupción está directamente ligada al crecimiento de la organización de la vida social y de los intereses por la vía de las categorías de lo público y lo privado.

La función principal de la idea de la corrupción, de las reglas y los rituales que se derivan de ella, han sido las de mantener las categorías de lo público y lo privado puras y creíbles. Se demuestra la homología entre las reglas que aluden a los alimentos limpios y sucios en el Levítico y las reglas referidas a la política limpia y sucia en el reglamento de ética del Congreso.[v] Basándose en esta lectura del reglamento del Congreso, se identifican y exponen los componentes claves que subyacen al concepto moderno de corrupción. El ensayo concluye con una discusión sobre las implicaciones de este argumento para la cuestión de la corrupción corporativa, la proliferación aparente de los discursos anticorrupción y la política en general.

¿Qué es la corrupción?

Casi todas las definiciones de corrupción política enfatizan en la subversión del bien público por intereses privados. Entre las más famosas se encuentra una propuesta por Joseph Nye (1999): “Un comportamiento que se desvía de los deberes formales de una función pública debido a consideraciones privadas (personales, familiares cercanos, camarillas privadas) pecuniarias o de ganancias estatales; o viola las reglas que rigen el ejercicio de ciertos tipos de influencia de consideraciones privadas” (966). Igualmente, Carl Friedrich (1989) afirma que

la corrupción es un tipo de comportamiento que se desvía de la norma que realmente predomina o que se cree que predomina en determinado contexto, como el político. Es un comportamiento desviado asociado con una motivación particular, a saber, aquella de la ganancia privada a expensas públicas. Pero si esta fuera la motivación o no, el hecho relevante es que la ganancia privada sea asegurada a expensas del público. La ganancia privada puede ser monetaria, inclusive en el entendimiento del público en general usualmente lo es, pero puede revestir otras formas (15)[1]

Dentro de la comprensión moderna de la corrupción coexisten dos suposiciones interrelacionadas: que los intereses públicos y los privados existen de forma mutuamente excluyente y que los servidores públicos, necesariamente deben abstraerse del reino de lo privado con el propósito de desarrollar sus funciones adecuadamente.

El significado y la relativa novedad histórica de esta definición han sido ignoradas en la literatura contemporánea acerca de la corrupción política. La tendencia ha sido enfatizar la continuidad del concepto de la corrupción política desde los tiempos antiguos a los modernos. Carl Friedrich (1989) ha sostenido que la comprensión básica de la corrupción como “una enfermedad general del cuerpo político” es común para los antiguos y para los modernos (18). John Noonan (1984), quien define el soborno, presuntamente la forma más obvia de corrupción política, como “un estímulo impropio que influencia el desempeño de una función pública” (ix), rastrea el concepto aproximadamente hacia el 3000 A.C. y señala que, aunque el concepto se ha transformado a lo largo del tiempo, éste ha permanecido constante en sus rasgos principales.

En la misma línea, usualmente se encuentran numerosas referencias a Aristóteles y a Maquiavelo en trabajos que trazan la historia del concepto de la corrupción. Aristóteles es usualmente citado por su aseveración sobre la posibilidad de la corrupción de las constituciones políticas. En su clasificación de los tres tipos de constituciones, Aristóteles señala a la monarquía, la aristocracia y la república.[2] El continúa anotando que cada uno puede ser corrompido.[vi] Su discusión sobre la monarquía es particularmente relevante porque lo que causa su corrupción en tiranía es la indiferencia que el tirano tiene sobre sus súbditos; él gobierna solo con miras hacia sus propios “intereses” (Aristóteles 1958, 373 – 75).

La polémica de Maquiavelo sobre la función y las causas de la corrupción también son usualmente debatidas, especialmente como él las muestra en Los Discursos en la discusión sobre el declive de la república romana (Maquiavelo 1970, esp. Libro primero). Sara Shumer (1979) ha anotado que la polémica maquiaveliana sobre la corrupción incluye la idea de la subversión de lo público por lo privado: “Una dimensión de la corrupción política consiste en la privatización del promedio de los ciudadanos y de aquellos que ejercen cargos. En el Estado corrupto, los hombres ubican completamente sus intereses dentro de la esfera privada y utilizan la esfera pública para promover intereses privados” (9).

Existen razones para dudar de esta historia oficial de la corrupción como un concepto común a casi todos los regímenes políticos y a las épocas históricas. Por un lado, la aparente carencia de una palabra para designar el soborno en el griego antiguo ilustra un problema para aquellos quienes asumen una línea ininterrumpida del concepto de corrupción. Mark Philp (1997) anota que hay muchas palabras en el griego antiguo que no distinguen entre una ofrenda y un soborno (doron, lemma, chresmasi peithein), ya que, para los griegos, persuadir a través de la entrega de ofrendas era algo aceptable y no podía asumirse como una perversión del juicio (26). Philp señala que si los griegos no tenían una concepción del soborno, entonces toda la idea de un cuerpo político en la antigua Grecia es puesta en duda: “Si estos fuesen los únicos términos para el soborno en el antiguo mundo griego, tendríamos que asumir que básicamente no hay una traducción de los términos entre nosotros y ellos – que ellos no solo fallaron en distinguir entre ofrendas y sobornos, sino que ellos tampoco tenían una real concepción del cargo público o de la confianza pública” (26).

En el punto anterior Philp está absolutamente en lo correcto. El continúa sosteniendo, siguiendo a Harvey (1985), que existió un término para el soborno en la antigua Grecia, diaphtheirein. Sin embargo, en contra de la interpretación de Philp, no es cierto que diaphtheirein tenga el mismo estatus que el término moderno de soborno o que pueda decirse que connota una forma de corrupción en el sentido moderno. Diaphtheirein se refiere a la corrupción de la mente por la cual la habilidad de llevar a cabo juicios apropiados y de perseguir el bien ha sido estropeada y, en general, se dirige a la destrucción y a la decadencia. No todo soborno es corrupción en el sentido moderno. Una lectura más detallada de la discusión de Harvey sobre el término diaphtheirein revela este punto.

Harvey realiza un gran esfuerzo para mostrar que en contraste y simultáneamente con términos neutrales y positivos, existió de hecho al menos un término negativo (diaphtheirein) para indicar la influencia a través de la entrega de dinero y de ofrendas. Sin embargo, en ningún lugar encontramos alguna referencia a la confianza pública, al interés privado o a alguna categoría que nosotros utilicemos habitualmente para referirnos al soborno y a la corrupción. El soborno como diaphthora (la versión más común del término) era negativo porque daba a entender que el ciudadano, al aceptar un soborno, ya no estaba habilitado para actuar apropiadamente como tal, ya que por el habían sido destruidos su voluntad y su poder.[3] Como lo señala Harvey, “El hombre que recibe un soborno entrega su libre voluntad; lo que dice y lo que hace lo hace para otro y en este sentido él ya no existe más como un individuo independiente: él no es una entidad. Yo sugiero que éste es el punto esencial” (86).

En lugar de algún interés público que se somete a intereses privados, quien es depositario de un soborno ha perdido la habilidad para ser un ciudadano al abandonar su autonomía. Como los esclavos, los negociantes y las mujeres, todos impedidos de la condición de ciudadanos por la carencia de requisitos básicos para actuar apropiadamente como tales, el depositario de un soborno es incapaz de un pensamiento y un juicio moral autónomo para ser ciudadano.[4]

Las categorías de lo público y lo privado son integrales a la noción moderna de corrupción. Dicho de manera simple, no es posible la corrupción en el sentido moderno si no existe ni lo privado ni lo público. Como lo ilustra el argumento de Philp, buena parte de la literatura sobre corrupción asume que la omnipresencia aparente del concepto de corrupción es una señal segura de que lo público y lo privado están también omnipresentes en las categorías sociales. El que la comprensión antigua de la corrupción esté tan lejos de la comprensión moderna cuestiona este supuesto.

El libro Los dos cuerpos del Rey escrito por Ernst Kantorowicz (1957), suministra una corrección pertinente para esta tendencia ahistórica en la literatura sobre corrupción. Para Kantorowicz, nuestra comprensión moderna de lo público y lo privado se encuentra ligada con entrada de la doctrina legal y política de los dos cuerpos del Rey, la cual tuvo lugar en los inicios de la modernidad en Inglaterra. Esta doctrina asevera que nosotros tenemos dos cuerpos, uno público y otro privado.

En su forma más desarrollada la doctrina de los dos cuerpos sostiene que mientras, por una parte, existimos como individuos concretos con cuerpos físicos, pasiones particulares, intereses, obligaciones y demás; por la otra, existimos en un sentido abstracto como miembros de un cuerpo político, un cuerpo que está más allá de nuestros cuerpos físicos y nuestra existencia social concreta. Este cuerpo político es la constitución política (polity), caracterizada por los intereses comunes que unen a sus miembros y que es materializada en los rituales, el personal y las instituciones del Estado (193 – 272)

Debe tenerse en cuenta que esta versión de lo público y lo privado difiere en gran medida de otros usos típicos de estas categorías en el pensamiento político, en particular, de la comprensión asumida por Hannah Arendt de lo público y lo privado, más claramente ejemplificada en el tratado sobre la esfera pública escrito por Jurgüen Habermas. Habermas (1991) señala que los términos privado y público aparecen primero en Alemania a mediados del siglo XVI y argumenta que no existieron divisiones semejantes en las sociedades feudales. Continuando con tal argumento, sostiene que estas categorías existieron en las sociedades antiguas y equipara los antiguos términos griegos de polis y oikos con lo público y lo privado (Habermas 1991, cap. 1). Así, en el sentido arendtiano, las categorías de lo público y lo privado son principalmente distinciones funcionales basadas en diferentes usos del espacio.

La esfera pública se convierte en el espacio dentro del cual los individuos pueden reunirse, discutir y expresar opiniones y posturas políticas. Se contrasta, por una lado, al Estado con sus funciones legales y de vigilancia, con la parte privada de la sociedad civil, por la otra, con sus lazos de familia y relaciones de mercado (Habermas 1991, 30). Aunque estas dos distinciones no son necesariamente de exclusión mutua, está distinción funcionalista entre lo que es público y lo que es privado no es la distinción entre lo público y lo privado sugerida por la corrupción.

En la corrupción política los intereses y pasiones privados llegan a desplazar al bien común. Por ejemplo, no es que los espacios públicos lleguen a ser utilizados para propósitos no políticos lo que hace que exista la corrupción política. Así, aunque vemos las categorías de lo público y lo privado aplicadas a la mayoría de las sociedades, incluyendo las del mundo antiguo, dicha aplicación es usualmente hecha más en esta línea funcionalista y las categorías por sí mismas tienen poco en común con las formas como los antiguos comprendieron y organizaron la vida política.[5]

A la luz de estas observaciones, son bastante recientes las categorías de lo público y lo privado que están supuestas en nuestra noción moderna de corrupción. Inclusive en Maquiavelo, a pesar de lo señalado por Shumer, como se mencionó anteriormente, nuestra noción moderna de corrupción parece estar perdida. Junto con el argumento que considera el desarrollo de lo público y lo privado se encuentra el problema del desarrollo del concepto de interés. Como lo ha sostenido Albert Hirschman (1977), solo en la era moderna emerge el concepto de interés y esto marca una ruptura radical con las concepciones pre modernas del bien.

Para Hirschman la importancia creciente de las finanzas y del dinero, es lo que explica el cambio del término interés de un simple término financiero a un concepto que es central para nuestra comprensión y organización de la política contemporánea.[6] Es en este contexto que Hirschman arroja luces sobre la cuestión de la noción de corrupción para Maquiavelo y anota cómo el término corrupción fue dirigido hacia una transformación similar en su significado: “”La Corrupción” tiene una trayectoria semántica similar. En los escritos de Maquiavelo, quien tomó el término de Polibio, corruzione era una palabra utilizada para significar el deterioro en la calidad del gobierno, sin importar la razón por la cual pudiese ocurrir. El término era aún utilizado en este sentido incluyente en la Inglaterra del siglo XVIII, aunque al mismo tiempo quedó identificado con el soborno. Eventualmente el significado monetario expulsó el no monetario casi completamente” (40)[7]

El término griego diaphthora y el latino corruzione, a pesar de su traducción usual como “corrupción”, están referidos a comprensiones de la corrupción que son extrañas a la moderna. La corrupción política es un fenómeno exclusivamente moderno hecho posible solo después del surgimiento de la separación público/privado y el concepto de interés. Si bien puede ser imposible, aunque no particularmente importante desde la perspectiva que sigue este escrito, proporcionar alguna fecha específica o algún acontecimiento en particular que señale el momento en que nuestro concepto moderno de corrupción nace, es apropiado localizarlo dentro del proceso general de la modernidad y reivindicar que nuestra comprensión de la corrupción devino posible y pensable cuando el capitalismo y el Estado se desarrollaron y devinieron dominantes.[8]

¿Por qué corrupción?

Para notar la novedad del concepto moderno de corrupción política y las precondiciones básicas de su existencia, es necesario hacerse la pregunta sobre el por qué el término llega a representar la idea de la subversión del interés público por los intereses privados. Esto se hace evidente de forma más fuerte cuando uno nota las diferencias profundas en el significado de los dos conceptos de corrupción.

En la comprensión tradicional de la corrupción, existía un imaginario fuerte de decadencia y regresión de algo que deviene menos y menos capaz, potente o virtuoso. Esta comprensión contenía la idea que a través de la enfermedad, la vejez, la influencia del vicio o alguna otra razón, la habilidad para buscar lo bueno y lo virtuoso mermaba y posiblemente se destruía. Aquí nosotros tenemos la corrupción de la mente, de la moral y de la voluntad. El término aún conserva este significado hoy.

Entendemos el uso del término en la aseveración, por ejemplo, de que el joven de Atenas fue corrompido por Sócrates y usamos el término esencialmente en el mismo sentido cuando aseveramos que las mentes de los jóvenes son corrompidas por la industria del entretenimiento o la habilidad para tomar decisiones apropiadas son corrompidas por cultos religiosos, algunos desórdenes psicológicos, entre otros. Aquí lo que es interesante es que se encuentra presente una división de lo bueno y lo malo; el vicio nunca es bueno al igual que la enfermedad o la psicosis.

Sin embargo, en el entendimiento moderno de la corrupción no existe una división basada en algo que es bueno y deseable en sí mismo y algo que no lo es. Los intereses privados no son malos. Todo lo contrario, toda la línea de discusión que va de La Ética Protestante y el Espíritu del Capitalismo de Max Weber a Las Pasiones y los Intereses de Hirschman ha estado enfocada en explicar cómo los intereses privados, particularmente en el sentido económico, han sido bienvenidos como algo positivo.

Entonces ¿cómo pueden dos cosas, los intereses público y privado que son vistos en sí mismos como propios y buenos, pueden llegar a constituirse en algo impropio y malo? Mary Douglas (1966) hace una gran contribución para responder esta pregunta, cuando indica que las nociones de la pureza y la limpieza no tienen nada que ver con algo que sea sucio en sí mismo. Para Douglas, lo sucio se entiende mejor como algo que está fuera de su lugar:

Los zapatos no son sucios en sí mismos, pero es sucio ponerlos sobre la mesa del comedor; la comida no es sucia en sí misma, pero es sucio dejar utensilios de cocina en la alcoba, o dejar comida salpicada en la ropa; de la misma forma que lo es dejar los enseres del baño en la sala de estar, la ropa sobre las sillas; las cosas de afuera adentro; las cosas que van en el piso superior en el inferior; la ropa interior que aparece donde debe estar la que no es ropa interior, etc. En síntesis, nuestro comportamiento sobre lo profano es una reacción que condena cualquier objeto o idea que probablemente oscurece clasificaciones aceptadas (36 – 37)

Los intereses privados y los públicos son perfectamente buenos, siempre y cuando se encuentren en sus lugares apropiados. Una vez tenemos la contaminación de lo público por lo privado, los políticos y la política en sí misma devienen sucios, contaminados, infectados y por lo tanto, corruptos. Lo opuesto es igualmente correcto. Una vez tenemos la invasión de lo privado por lo público (por ejemplo, las autoridades públicas siendo capaces de regular los comportamientos “privados” como las conductas sexuales o religiosas y demás) llegamos a conclusiones igualmente negativas con respecto a la transgresión de la separación categórica de lo privado y lo público.

Así, la noción moderna de corrupción política está más cerca de la idea de adulteración que de la idea de corrupción como deterioro o destrucción. Esta concepción de la corrupción política es consecuente con el uso de la corrupción para describir la pérdida de pureza de una sustancia por la introducción de otra, en el mismo sentido en el que el vino puede ser corrompido por el agua, o el cultivo de flores lo puede ser por la mala hierba.

Para enfatizar estas diferencias de significado, permítanos tomar como ejemplo ilustrativo la probabilidad de que Ronald Reagan hubiese tenido la enfermedad de Alzheimer durante los últimos años de su periodo presidencial. Asumiendo que la enfermedad hubiese progresado hasta el punto de obstaculizar su habilidad para la buena toma de decisiones, su condición se habría constituido en corrupción en el sentido clásico de la misma forma que el soborno se constituye en corrupción; su capacidad para pensar y actuar de forma autónoma y consciente estaba disminuida. Esto obviamente no es corrupción en el sentido moderno del término ya que no se identifica una instancia de contaminación del interés público por los intereses privados. Los escándalos de café de William Clinton en los cuales probables contribuyentes de campaña fueron invitados a tomar algunos cafés en la Casa Blanca ilustran el último caso.

Es muy difícil imaginar que tomar café pudiese de alguna manera resultar en corrupción en el sentido tradicional del término (a menos que uno terminara tan adicto a él que la habilidad para razonar resultara perdida, uno tendría que recurrir al crimen a fin de respaldar el consumo de café y así sucesivamente), pero tomar café puede fácilmente derivar en corrupción en el sentido moderno del término. Si el café está siendo consumido por eventuales contribuyentes de campaña en un área pública, por decir, las áreas no residenciales de la Casa Blanca, puede decirse que constituye corrupción política porque el presidente está permitiendo que sus intereses privados contaminen la pureza del espacio público.

Dicho espacio dentro de la Casa Blanca no es público simplemente porque pertenece al público, sino porque se encuentra designado para el uso del presidente como servidor público, no como ciudadano privado. Si el café está siendo consumido y los futuros contribuyentes son buscados en un espacio designado para el uso del presidente como individuo privado, ninguna forma de corrupción se encuentra presente. La misma gente, el mismo café, el mismo intercambio de dinero; la única diferencia se encuentra en el lugar donde lo anterior ocurre, esto es lo que constituye toda la diferencia entre la corrupción y lo que no es corrupción.[9]

A la luz de estas claras diferencias, ¿cómo es posible que las ideas modernas y tradicionales de la corrupción sean tan fácilmente fusionadas y confundidas? Aunque los significados sean distintos, ambos significados de la corrupción política intentan establecer una distinción normativa entre lo que es deseable y lo que no lo es. En la comprensión tradicional de la corrupción política las características de un ciudadano, de un rey, o de un régimen como debieran ser son establecidas y comparadas con aquellas características que son vistas como malas o indeseables desde el punto de vista que ofrece esa realidad ideal.

En la comprensión moderna, una división estricta entre lo público y lo privado es reafirmada y varios fenómenos que pueden entrar en conflicto con esta presunta división son denominados corrupción. Esta diferencia entre lo que debiera ser y mantener las cosas en el lugar correcto es inmensamente significativa. Por un lado tenemos un proyecto político normativo que ubica lo que es lo bueno y sobre esta base éste es capaz de establecer lo que es corrupto o malo. Por el otro, tenemos una distinción establecida sobre lo deseable/indeseable desde una perspectiva más tecnocrática y solapada. El ordenamiento apropiado de todas las cosas sociales es ubicado bajo un supuesto ontológico concerniente a lo público/privado y los fenómenos que ponen en amenaza esta visión sobre las cosas como son quedan marcados como corruptos.

Debido a que el concepto moderno de corrupción no funciona como construcción normativa explícita sino como una articulación de las categorías de una ontología política burguesa, éste concepto tiene el efecto de constituir y reafirmar la división dominante público/privado a través de su aplicación y la subsecuente categorización de los fenómenos como corruptos o no corruptos, como normales o patológicos. Al hacerlo, la dimensión normativa del concepto de corrupción deviene manifiesta precisamente por la forma de categorizar los fenómenos sociales.

Al establecer la división entre lo normal y lo patológico en la división público/privado, la comprensión moderna de la corrupción política está a la vez formando una aseveración de hecho y nos presenta la meta política de la realización completa de lo normal. Así como lo anota Georges Canguilhem (1991) en su discusión sobre los fundamentos del concepto de lo normal:

En la discusión de estos significados (de lo normal) se ha señalado qué tan ambiguo es este término ya que designa a la vez el hecho y “un valor atribuido a este hecho por la persona que habla, en virtud de un juicio evaluativo por el cual él asume la responsabilidad”. Uno debiera a su vez enfatizar cómo esta ambigüedad se profundiza por la tradición filosófica realista que sostiene que, como toda generalidad es el signo de una esencia, a la vez que, toda perfección es la realización de la esencia, una generalidad observable de hecho toma el valor de una perfección realizada y una característica común, el valor de un tipo ideal. (125)

De esta forma, el concepto moderno de corrupción repite el énfasis político-normativo de la comprensión tradicional de la corrupción política, pero lo hace de una manera esencialista y apolítica. Así la confusión de los dos conceptos de corrupción política emerge como, al menos en parte, un resultado de la función normativa equivalente a situar lo que es políticamente deseable y lo que no lo es.

Sin embargo, ya erigida esta confusión dentro del concepto moderno de corrupción, hace que éste sea una comprensión ahistórica y acrítica de los fenómenos políticos, la cual toma la integridad de la división público/privado como un juicio de valor, como una cualidad inmanente en todas las sociedades, como lo normal. Por esta razón, no es usual que la historicidad específica y la cualidad socialmente integrada del concepto de corrupción política se hagan visibles para los observadores. Igualmente, al confundir los dos conceptos de corrupción, la adopción del concepto moderno lo cosifica hacia atrás en la historia y le da a la división público/privado la apariencia de lo eterno.

Particularmente, la mayoría de las discusiones contemporáneas sobre la corrupción política dentro de la ciencia política ocurren dentro de la línea de la política comparada y no de la teoría política normativa. Bajo el disfraz de las discusiones sobre el clientelismo, el patronazgo, el totalitarismo, la sociedad civil y demás, la política comparada ha gastado mucho tiempo demostrando la normalidad de los Estados Unidos y otras sociedades capitalistas avanzadas, señalando a su vez las patologías de las naciones “menos desarrolladas”.[10] Siguiendo los comentarios hechos por Canguilhem citados anteriormente, una suposición omnipresente en esta literatura es que lo público y lo privado son atributos esenciales de las sociedades humanas, que el desarrollo y el avance político conlleva a la realización de este hecho y a la formación de instituciones, leyes y actitudes que terminan con la corrupción sistemática predominante en estas sociedades subdesarrolladas.

La siguiente cita de Jacob von Klaveren (1989) es típica: “Sabemos que los sistemas políticos de las llamadas regiones subdesarrolladas aún permanecen en el estado de la corrupción sistemática y existen buenas razones para ello, sobre las cuales no podemos profundizar aquí. En aras de la brevedad, permítanos decir que la Era de la Ilustración aún no ha, en un sentido relativo, sucedido allá, lo cual no es tan sorprendente considerando el bajo nivel educativo” (557)[11] En un contexto distinto, incluso una comentarista tan astuta como Hannah Arent sostiene que el totalitarismo se caracteriza por borrar la distinción público/privado (Arendt 1968).

Entonces, el totalitarismo es una corrupción de la separación de lo público y lo privado, una negación patológica de la separación de lo público desde lo privado y ciertamente, es menos deseable que la articulación normal de la división de lo público-privado en las sociedades liberales. En este sentido, Arendt no puede ir más allá de la concepción esencialista burguesa de lo público y lo privado, en comparación con la corriente dominante de los científicos sociales y sus teorías sobre la modernización y el desarrollo.

Las reglas de separación: desde Levítico hasta Washington, D.C.

Las categorizaciones académicas, sin embrago, no son la causa de la división entre lo que es considerado el ordenamiento normal y patológico de lo público y lo privado. Las categorías académicas no son más que reflexiones sobre sobre las clasificaciones y los preceptos normativos que prevalecen en las mismas sociedades burguesas. Lo que debemos comprender es cómo las sociedades burguesas llegan a formar y regular su concepción de lo normal con respecto a la división público/privado.

Como lo sustento primero Canguilhem en Lo normal y lo patológico (1991) y como lo demostró Michel Foucault en varias de sus historias sobre las prácticas de la normalización (especialmente en La historia de la locura en la época clásica, 1965), la cuestión no versa simplemente sobre cómo lo normal es constituido, sino cómo lo normal es construido por la vía de la producción de lo patológico. Lo normal, en el caso de la corrupción, al igual que en el caso de las enfermedades psicológicas y los desórdenes mentales, es en gran medida una categoría negativa; lo normal es lo que no es lo patológico. ¿Cómo sabemos lo que es lo patológico? Existen algunas reglas que nos lo hacen saber.

El término normal se deriva del término latino norma (regla). Lo normal es lo que se ajusta a la regla. Ajustarse a la regla en lo que concierne a la corrupción política se refiere así a la no transgresión de las reglas que ordenan la pureza de lo público y lo privado. Si el rompimiento de estas reglas es constitutivo de lo patológico, de la corrupción, entonces seguir las reglas no puede ser sino lo normal, lo bueno, lo deseable. Si estamos para comprender cómo lo normal es constituido, debemos estar en la capacidad de identificar aquellas reglas que definen lo patológico y sobre cuya existencia depende la presunta pureza de lo público.

El análisis de Mary Douglas sobre las reglas de separación es un punto de partida útil para este análisis. Como se señaló anteriormente, Douglas sostiene que las sociedades tienden a señalar “cualquier objeto o idea que pueda confundir las clasificaciones aceptadas” como algo impuro/sucio/corrupto. Igualmente, estas clasificaciones son dependientes de un edificio conceptual “cuya piedra angular, fronteras, márgenes y líneas internas son sostenidas por rituales de separación”. Más interesante en los términos de su aplicación para nuestra tarea analítica, es cómo Douglas aplica estos principios en su explicación de varias de las reglas concernientes a la comida limpia y la no limpia en el Levítico.

Douglas intenta resolver lo que ha sido considerado un acertijo durante largo tiempo por los estudiosos de la Biblia, esto es, cómo explicar por qué algunos animales son considerados sucios y otros limpios: “¿Por qué el camello, la liebre, el conejo, deben ser sucios? ¿Por qué lo deben ser algunas langostas, pero no todas? ¿Por qué la rana debe ser limpia y el ratón y el hipopótamo deben ser sucios? ¿Qué han tenido en común los camaleones, los topos y los cocodrilos para que ellos deban aparecer en la misma lista? (42)[12] Como lo anota Douglas, se han tendido a señalar dos formas para la consideración de este problema. Una aproximación ha sido ver estas reglas como algo arbitrario, irracional e inexplicable y la otra, ha sido considerarlas como algo al servicio prolongado de funciones educativas y disciplinarias, tales como la enseñanza de la autodisciplina al identificar la mayoría de las criaturas sabrosas y tentadoras como sucias, o seleccionado aquellos animales que más probablemente dañan la salud y traen enfermedades, o protegiendo a la cultura judía de la usurpación de culturas vecinas (30 – 33, 44 – 50).

Tras haber identificado las contradicciones y las inconsistencias en estas propuestas de explicación, Douglas intenta una nueva clarificación tratando varias de ellas exactamente como lo que se proponen ser, reglas de separación. Ella anota que la idea tradicional de lo santo era completamente literal; se refería a la integridad, a la totalidad, a la pureza de la forma (51 – 53). Así, por ejemplo, los animales indicados para el sacrificio tenían que ser completos y puros, libres de imperfecciones físicas y de manchas. Igualmente, para la realización de la integridad y de la totalidad, la organización del mundo había de ser conservada pura. En sintonía con este significado de lo santo, encontramos medidas en contra de la siembra en el mismo terreno utilizando más de un tipo de semilla, contra híbridos de plantas y animales, contra la elaboración de tela por la combinación de dos o más tipos de fibras, contra la bestialidad, etc. Ser heterodoxo y confuso es ser no santo; las cosas deben ser mantenidas en su orden apropiado y no deben ser mezcladas.[13]

Entonces la categorización de las comidas limpias y sucias no tiene relación con que tan apetitosos, feos, saludables o descuidados son los animales, sino más bien con que tan puros son en términos de su ajuste a su clasificación. Los animales que son fieles a la vida en el cielo son las aves; ellas tienen plumas, dos patas y vuelan. Todas las aves que no vuelan son sucias, ya que ellas contravienen estos principios, como todas las cosas que vuelan pero que no son aves. Los animales que son fieles a la vida en el agua son los pescados con escamas y aletas; todas las criaturas en el agua que no tienen estas características son sucias. Los animales que recorren la tierra tienen cuatro patas y se mueven caminando, saltando o brincando.

Los animales que parecen tener dos patas o dos manos, como los cocodrilos, los ratones y las comadrejas son sucios. Todos los animales que se arrastran son sucios debido a que este tipo de propulsión no es propio del cielo, ni de la tierra ni del agua. Así, los gusanos, las serpientes y similares son sucios. Algunos tipos de langosta son limpios porque saltan; las langostas que vuelan tienen un atributo que solo es propio de las aves. Los mamíferos propiamente dichos tienen pies hendidos y son rumiantes. Los camellos, los cerdos, los tejones y las liebres carecen de alguna de estas dos características y por lo tanto son sucios. Los miembros de la familia de los antílopes, las ovejas y las cabras, las vacas y similares se justan a estas reglas, por lo tanto son limpios (Douglas 1966, 56 – 58)

Con este ejemplo Douglas nos brinda una ilustración importante de la idea de la limpieza como mantener las cosas en el lugar apropiado. Además, nos da un modelo para interpretar otro conjunto de reglas de separación. La tarea de interpretar las reglas de separación en relación con la corrupción política, parece algo distinta en comparación con del Levítico porque ya hemos identificado la idea básica detrás de las reglas contra la corrupción política, esto es, no dejar que los intereses privados contaminen el bien público. Así, mientras la interpretación del Levítico hecha por Douglas es contundente en su elegancia y habilidad para explicar todas las aparentes clasificaciones anómalas de lo limpio y lo sucio, no sería supuestamente útil para examinar las reglas relativas a la corrupción política. Pero esta sería una conclusión falsa porque solo sabemos el principio general que está detrás de la preservación de las divisiones público/privado separada y limpia.

¿Por qué, por ejemplo, está bien para un congresista ir a un paseo pago por un cabildero durante siete días y no ocho? ¿Por qué el clientelismo es corrupción, pero hacer aprobar leyes que benefician a quienes respaldan y contribuyen con una campaña no lo es? ¿Por qué se les permite a los miembros del personal cabildear a los representantes del Congreso con quienes han trabajado solo después de un año, en lugar de cuatro o cinco, o nunca, o inmediatamente? La realidad es que, con una excepción parcial, no ha existido nunca en la historia del Estado moderno una ley contra la corrupción como tal.[14] Solo existen leyes contra ejemplos particulares de lo que podría ser clasificado como corrupción política: soborno, malversación, nepotismo, etc.

Así, aunque no sea necesario deducir el principio general concerniente a la corrupción política, existe una necesidad de examinar las reglas diseñadas para mantener la pureza y la separación de lo público y lo privado, si estamos en capacidad de deducir las ideas que subyacen a lo que las sociedades burguesas entienden por corrupción y lo que no lo es.

A continuación se muestra una lista parcial de las normas éticas de la Cámara de Representantes como base para la discusión posterior que se presenta en este ensayo. Las normas están divididas acorde al tipo de actividad a las que se refieren y la redacción de cada norma, se expone exactamente como aparece en un memorando de resumen de las normas éticas, suministrado a todos los miembros, funcionarios y empleados de la Cámara de Representantes (Committee on Standards of Official Conduct 2001).

La norma sobre los donativos de la Cámara, prohíbe su aceptación a menos que sea permitida por alguna de las excepciones señaladas en esta norma. Los donativos permitidos por las excepciones incluyen:

- Algún donativo (que no sea en dinero en efectivo o su equivalente) valorado por menos de $50; sin embargo, el valor acumulado de los donativos que pueden ser aceptados por alguna fuente durante el año calendario es de menos de $100;

- Donativos de familiares y donativos de otros miembros del personal o de empleados;

- Donativos fundados en amistad personal (pero un donativo de más de $250 en valor no puede ser aceptado, a menos que se consiga una determinación por escrito del Comité de Normas

- Alojamiento personal en una alcoba privada (excepto si viene de un cabildero registrado);

- Cualquiera pagado por el gobierno federal, estatal o local.

Los miembros y el personal nunca pueden solicitar un donativo, o aceptar un donativo, ligado a alguna acción que hayan realizado o que se les solicite realizar.

El pago privado de la comida necesaria, el transporte y los gastos de alojamiento pueden ser aceptados de un patrocinador privado calificado para viajar a una reunión, a cumplir un compromiso para un discurso, o a realizar una indagación sobre algún suceso en relación con sus deberes oficiales.

Límite en el número de días a expensas del patrocinador de un viaje:

- 4 días, incluyendo el tiempo de desplazamiento, para uno doméstico.

- 7 días, sin incluir el tiempo de desplazamiento, para uno al exterior.

No se utilizan los recursos propios del cargo del Congreso (incluyendo el equipo, los suministros o los archivos) para propósitos de campaña.

No se solicitan contribuciones políticas desde o en alguna oficina del Congreso.

No se aceptan contribuciones ligadas a alguna acción oficial, pasada o futura.

Ningún uso personal o a través de préstamos de los fondos de campaña y tampoco ningún uso de dichos fondos para los fines de la Cámara.

Evitar mezclar los recursos de la Cámara con los privados.

Ni la posición oficial ni la información confidencial pueden ser utilizadas para obtener ganancias personales.

Un miembro se debe abstener de votar sobre algún asunto solo si tiene un interés personal directo o pecuniario en éste.

Límite de ingresos fuera de los propios del cargo para el año calendario 2001 - $21.765

Para EL AÑO después de haber dejado el cargo:

- Un miembro no puede comunicarse con, ni comparecer ante un miembro, funcionario o empleado del Congreso en pleno o de alguna oficina de la Rama Legislativa, con la intención de influenciar alguna acción oficial en nombre de cualquier otra persona.

- El personal más antiguo no puede comunicarse con, ni comparecer ante el anterior empleador del individuo o al cargo, con la intención de influenciar la acción oficial en nombre de alguna otra persona.

Todos los componentes importantes del concepto de corrupción que he identificado y discutido están presentes en estas normas. El principio de los dos cuerpos es evidente en las que distinguen entre la persona como servidor público y como ciudadano privado. Los donativos de la familia, los de otros miembros del Congreso, los de los amigos más cercanos y cualquier cosa pagada por los fondos públicos son permitidos (siempre que en todos estos intercambios se presente una relación privado-a-privado o público-a-público). El alojamiento en una casa privada es permitido siempre que esta persona no esté registrada como cabildera (negando así la distinción de una casa privada).

Los miembros deben abstenerse de votar y de cabildear en asuntos en los cuales tienen intereses privados. Igualmente omnipresente en estas normas, se encuentra la prohibición general contra la mezcla de lo público y lo privado. Todas ellas son manifestaciones de este principio; la sugerencia de que el personal de la Cámara “evita mezclar los recursos de ésta con los privados” parece suficientemente clara. De esta forma, los principales marcos de estas reglas claramente se ajustan a la concepción dual de los principios de los dos cuerpos y a la corrupción como una mezcla de categorías.

Un área gris interesante se ubica en la posición del candidato político. Las campañas de reelección de miembros titulares de la Cámara no están claramente en el lado público de la ecuación; el personal y los recursos del Congreso no están para ser utilizados para propósitos de campaña. Ninguna actividad de campaña, incluyendo la solicitud de contribuciones, ha de tener lugar en alguna sala u oficina del Congreso. Inclusive los correos para dar información a los electores no están permitidos dentro de los 90 días antes a una elección primaria o general, ya que sería imposible distinguir entre el miembro que envía correspondencia como un servidor público o el que lo envía como candidato. A la inversa, las contribuciones de campaña no pueden ser utilizadas para fines públicos o privados.

Pareciera que los candidatos a los cargos y las contribuciones de campaña no son públicos ni privados; ellos representan una interesante situación intermedia y una posición que es inherentemente heterodoxa y “sucia” (quizá equivalente a las larvas que, como las criaturas que se arrastran, son sucias, aunque una vez se transforman en insectos que caminan o saltan, se convierten en perfectamente limpias). Puede ser normal ser un ciudadano privado, puede serlo el ser un servidor público, pero ser un candidato no es ser ninguno y así, la posición conceptual del candidato debe mantenerse lo más separada posible de los registros de lo público y de lo privado para evitar crear confusión.

Este interesante caso aparte e intermedio, el reto más grande para la interpretación de estas normas de separación está explicando, primero, todas las posibles formas de corrupción contra las cuales no existen normas y segundo, todas aquellas normas que parecen ser arbitrarias o, al menos, pueden fácilmente ser diferentes y seguir ajustándose a los principios generales. Por ejemplo, ¿Por qué el límite para los donativos permitidos se debe establecer en $50 y no en uno más alto o más bajo? Si el límite fuera $60, o $100, o $10, ¿no seguiría cumpliendo la misma función y no se mantendrían iguales los principios que están detrás de la norma? Igualmente, ¿cómo podemos interpretar algunas de las normas más generales y más flexibles, tales como la prohibición contra el uso de la posición oficial para ganancia personal?

Si algo puede ser recuperado del análisis de Douglas sobre el Levítico es que las reglas de separación son sinónimo de un sistema de ideas; las unas constituyen a las otras. El sistema de ideas que subyace a las reglas es en sí mismo un producto de ellas. No puede existir una clasificación de lo limpio y lo sucio sin las reglas de separación y no puede haber reglas sin clasificaciones. En este sentido, la razón para que el límite del donativo sea $50 es que debe haber un límite, una norma de separación. Esto no quiere decir que el monto en dólares es aleatorio o que puede haber cualquier monto y aun así mantener su función práctica. El primer paso para entender esta regla es comprender por qué existe una necesidad para ubicar en primer lugar el monto en dólares como el límite.

Debido a que existe la norma de los $50, no simplemente el principio general de la separación público/privado, podemos ahora identificar lo normal y lo patológico en relación con el recibimiento de donativos. En la misma línea, los decretos generales que afirman que el cargo público no puede ser utilizado para la ganancia privada o que los donativos y las contribuciones no pueden estar vinculados a acciones que hayan sido realizadas o que serán realizadas, son en últimas carentes de sentido y no tienen significado alguno. ¿Por qué más una persona que no es un familiar o un amigo ofrecería un donativo a un miembro de la Cámara de Representantes o suministraría una contribución de campaña, si no es como una forma para respaldar una acción que fue realizada o que él o ella espera que sea realizada? Es precisamente porque todos saben que esto es cierto que los límites son establecidos y que las normas de separación están hechas específicamente.[15]

Ejemplos de este principio aparecen a través de las normas. Sabemos que todos somos potencialmente cabilderos, entonces, con el propósito de establecer una distinción clara, la categorización de cabildero es hecha como un término técnico para hacer referencia a aquellos quienes son legalmente registrados como tales. Sabemos que cualquier cantidad de acciones desarrolladas en ejercicio del cargo podrían resultar en ganancia privada (en realidad, un número incalculable de corporaciones y firmas de abogados están dispuestos a pagar significativas sumas de dinero para emplear individuos una vez éstos han dejado sus cargos, exclusivamente sobre la base de haber sido empleados den ellos), entonces tenemos una multitud de normas específicas que no dicen lo que constituye una ganancia privada y lo que no. No podemos saber lo que es la corrupción política sin recurrir a estas normas de separación.

Que el límite para los donativos deba ser $50, que un viaje financiado por un agente privado tenga límites de 4 y 7 días, que el ingreso adicional obtenido esté limitado a $21.765, todos ellos, tienen a su vez otra base. Como se ha anotado, el límite en dólares a los donativos podría haber sido establecido en $1.000 y el principio básico de la existencia de una norma por la cual se determina lo que es normal y lo que es patológico quedaría igualmente sustentado. Sin embargo sería más difícil demostrar a la vista de los ciudadanos que un donativo de esta magnitud no constituye una corrupción del interés público.

Obviamente, cuanto más grande es el valor de un donativo es menos creíble la afirmación de que quien lo recibe no estaba influenciado por él. Es posible que el límite al donativo pueda ser de $100 o que el monto del ingreso adicional obtenido esté limitado a $40.000 y el donativo permanecería tan creíble y eficiente, como los límites a los montos actualmente existentes; el punto es que los límites específicos en cada norma se corresponden con parámetros básicos con respecto a cómo tales acciones probablemente sean percibidas.

Un principio que sustenta mucho del contenido de estas normas es que los servidores públicos no deben comprometerse en conductas que son muy abiertas y muy obvias en sus ejemplificaciones sobre cómo el cuerpo privado concreto del servidor público choca con la presunta pureza y objetividad de sus cuerpos públicos abstractos. Si anteriores empleados y asesores van a cabildear para usted en nombre de un grupo de interés, ellos deben al menos esperar un año; esto se ve mejor. Si usted realiza un viaje financiado con dinero privado, no permita que sea por más de 4 días; esto no se ve bien. Quizás es cierto que los servidores públicos electos tenderán a actuar a nombre de importantes seguidores y contribuyentes de campaña, pero al menos esto no ha de hacerse de una forma tan evidente.

La investigación sobre la violación de varias de las normas señaladas arriba por el representante “Bud” Shuster (Partido Republicano) ilustra este principio. Shuster, jefe del Comité de Transporte e Infraestructura, se convirtió en objeto de una investigación oficial por parte del Comité de Normas de las Conductas Oficiales (CSOC, sigla derivada de su nombre en inglés) en gran parte como resultado de la presunta conspiración con su anterior jefe de personal, Ann Eppard, quien había trabajado para él durante 20 años (Committee on Standards of Official Conduct 2000a). Después de haber renunciado a su cargo, Eppard creó su propia firma de cabildeo y cabildeó a Shuster a nombre de sus clientes durante y después del periodo de 12 meses posteriores a su renuncia. Como ya se señaló, al personal más antiguo de la Cámara no le está permitido cabildear a sus anteriores empleadores durante los doce meses que siguen a la finalización de sus empleos. El reporte oficial anota que esta restricción, promulgada en 1989, tuvo como propósito “disminuir cualquier apariencia de que las decisiones gubernamentales pudieran estar influenciadas por el uso indebido de un individuo de su anterior posición de antigüedad” (CSOC 2000a, la cursiva está en el reporte original).

Shuster y Eppard probaron ser incapaces de guardar las apariencias. Eppard no solo fue la anterior jefe de personal, también fue, mientras estaba cabildeando a Shuster, la tesorera asistente de la campaña de reelección de Shuster y una importante recaudadora de fondos (en sí mismo, es perfectamente legal ser un cabildero y un funcionario de campaña o un recaudador de fondos – simplemente no debe parecer ser algo que es hecho a cambio de algún favor). En pocas palabras, después de haber empezado la representación de Frito-Lay y Federal Express por parte de Eppard, Shuster presionó al Congreso para que concediera una exención de varias normas de seguridad federales para camiones de entrega de tamaño medio (tal como los utilizados por ambas compañías): “una campaña de cabildeo silenciosa dirigida al Comité de Transporte de la Cámara produjo en pocos meses lo que no resultó de años de conflictos sobre regulación” (CSOC 2000a, 79).

Tras la contratación de Eppard para Amtrak, Shuster abogó por un proyecto de ley que le suministraba dinero y le brindaba la posibilidad de una reestructuración financiera, exactamente el cometido por el cual Amtrak contrató a Eppard. Después que Eppard fue contratada por la Asociación Americana para la Publicidad Exterior, Shuster intervino a favor de un proyecto que permitía la ubicación de más vallas publicitarias a lo largo de las rutas designadas como caminos de paisaje y las legislación fue eventualmente aprobada (CSOC 2000a, 79 – 82). Existe una gran cantidad adicional de potenciales normas infringidas investigadas por la CSOC, incluyendo un viaje de Shuster a Puerto Rico pagado por uno de los clientes de Eppard, frecuentes estadías de Shuster en la casa de Eppard y el uso habitual del carro de Eppard por Shuster.

Debe anotarse que la CSOC no encontró culpable a Shuster de alguna infracción en los tres casos legislativos mencionados anteriormente. Con todo, se encontró que había violado la letra de la ley con relación a la norma de los doce meses y las normas sobre los donativos y a su vez, fue encontrado culpable mal manejo de la contabilidad de la financiación de la campaña y algunas otras contravenciones menores. Todas las infracciones se reducen a la violación de una norma, literalmente la número 1, cláusula 1 del Código de Conducta del Oficial, “un miembro, funcionario, o empleado de la Cámara de Representantes debe comportarse siempre de una forma tal que debe reflejar credibilidad en la Cámara de Representantes”.

En última instancia, Shuster fue encontrado culpable de no ser buen actor en relación con el mantenimiento de la ilusión de la pureza del bien público con respecto a los intereses privados. La carta de reprobación emitida a Shuster por el CSOC se lee como un mantra por la cláusula primera; comienza anotando que “por sus acciones usted ha traído descrédito a la Cámara de Representantes” y continúa demostrando por qué cada infracción constituye una violación a dicha cláusula: “la primer área de conducta indebida, se constituye en una que no refleja la credibilidad de la Cámara de Representantes… La tercera área de mala conducta que usted admitió y que se constituye en una que no refleja la credibilidad en la Cámara de Representantes… La quinta área de mala conducta que usted ha admitido y que se constituye en una conducta que no refleja la credibilidad de la Cámara de Representantes” (CSOC 2000b). El documento concluye con la siguiente sentencia: “En nuestro sistema libre y democrático de gobierno republicano, es vital que los ciudadanos sientan confianza en la integridad de las instituciones legislativas que hacen las leyes que gobiernan América. En últimas, los individuos que son miembros del Congreso pueden socavar el respeto por las instituciones de nuestro gobierno (CSOC 2000b).

La pureza de lo público es especular e ilusoria, un gesto funcional, un producto de una serie de reglas diseñadas para encubrir la naturaleza fetichista de la división público/privado. En el Levítico, la división entre lo limpio y lo sucio fue tal que siguiendo las reglas de separación uno puede entender completamente el fin conceptual de la totalidad como fue entendida en aquel tiempo. En Washington, D.C., la naturaleza fetichista de lo público hace imposible realizar de forma plena la separación de lo público y lo privado en los términos del contenido real de la política. La ficción legal, como la definió Kantorowicz, del cuerpo abstracto de lo público es materializado y regulado a través de reglas de separación en las cuales lo que es conservado puro no es la política en sí misma sino, más bien, sus categorizaciones y auto representaciones.

Debido a la imposibilidad de eliminar “los intereses privados” ya sea de los cuerpos reales de los servidores públicos o de la sustancia real de la política burguesa, una serie de reglas y prácticas son instituidas con el propósito de sanear el reino de las apariencias de actos que amenazan la categorización de la sociedad como dividida en dos registros mutuamente excluyentes, el público y el privado. El éxito de estas reglas de separación recae así en dos imperativos interrelacionados: regular y encubrir o eliminar todas las actividades que puedan ser percibidas por los ciudadanos como una presencia de lo privado dentro del cuerpo político; y estructurar los parámetros y las fronteras de lo que los ciudadanos probablemente perciben como corrupción, simplemente sirviendo como punto de referencia para el establecimiento de lo que constituye lo normal y lo patológico en estos asuntos.

Existen gran cantidad de corrupciones potenciales de lo público por lo privado que no están incluidas en las normas señaladas anteriormente y esto solo puede ser interpretado, como una señal que indica que aquellas se encuentran dentro del lado “normal” de la ecuación. Fácilmente se puede sostener que los miembros del Congreso son corruptos cuando votan siguiendo los intereses privados del electorado en sus correspondientes distritos, o que el presidente es corrupto cuando nombra a sus amigos en cargos públicos y así sucesivamente. No encontramos nada en contra de estos tipos de actividades en las normas de separación existentes, aunque en ambos casos se puede tratar de una violación de las reglas si no se guardan las apariencias.[16] Los requisitos pragmáticos de la política burguesa necesitan que los intereses privados se encuentren en todas partes dentro de lo público, pero que todos categoricen estos cortos circuitos como si fuera lo normal y lo deseable.

En esta línea, las reglas de la separación encontradas en el Levítico y las normas encontradas en Washington D.C., no están basadas en algo verdadero realmente existente en la naturaleza o en la sociedad, sino que son intentos para formalizar y ritualizar los significados y las categorizaciones a través de los cuales la sociedad mapea sus comprensiones y percepciones. El intento de explicar las reglas de separación en referencia a la “real” suciedad inminente en el objeto o actividad en sí mismo está necesariamente destinado al fracaso. Los cangrejos y las ostras no son más sucios desde la perspectiva de la nutrición o la biología, que el atún o el salmón. El clientelismo no es más sucio desde la perspectiva de los intereses que articula, en comparación con los acuerdos pluralistas de los grupos de interés. Nuevamente, retomando a Douglas, solo es en referencia a un sistema de ideas como estas reglas adquieren sentido y su objeto, no es más que la constitución y reproducción materiales de este sistema de ideas.

Cinicalismo, corporaciones y conflicto: conclusiones tentativas

Que la corrupción política como tal nunca ha estado completamente fuera de la ley en las sociedades modernas adquiere así total sentido. Todo el centro del discurso y de las prácticas que rodean la corrupción, han sido para hacer de la mayoría de los casos concernientes a lo privado dentro de lo público algo aceptable y normal, identificando solo algunas formas de relación como corruptas. Las reglas y los rituales de separación que funcionan para mantener la pureza de las categorías de lo público y lo privado también sostienen la ficción legal contemporánea de que los servidores públicos no actúan como individuos concretos, sino como articulaciones del cuerpo abstracto de un Estado organizado e igualmente, como neutral, objetivo y libre de las pasiones y de los intereses que pueden plagar su existencia privada.[17]

El problema pragmático aquí es que todo el mundo sabe que esto es una ficción. Todo el mundo sabe que Bush como servidor público no puede ser abstraído de Bush como ciudadano privado, que su fundamentalismo religioso, sus alianzas corporativas y afiliaciones políticas directamente inciden en su conducta como presidente. La lógica operante aquí es una de cinismo; sabemos que la idea de un público que está libre de intereses y pasiones privados es ficticia. Sin embargo, reclamamos todo acto referido a este asunto como si ese no fuera el caso. Exigimos que la ilusión de algo público real y sustantivo sea conservada aunque no podamos creer completamente en ello.

El asunto de la corrupción corporativa es simplemente una extensión de estos principios. En vez de tratar con el eterno Estado organizado[vii], ahora tratamos con otro cuerpo abstracto, la corporación. La corporación nunca muere o sufre de las enfermedades de la vejez o del vicio; es un sujeto legal y ficticio que declaramos como actuante, aunque todos sabemos que no existe como un cuerpo real y que sus acciones no son más que las acciones de individuos quienes pasan a ocupar las posiciones dentro de ella. Si la idea de la corrupción corporativa tiene alguna precisión, entonces, alude a las acciones emprendidas por individuos que van en contra de la pureza de esta clasificación, por ejemplo, cuando ellos fallan en mantener la división ficticia ente ellos mismos como individuos privados, concretos, auto interesados y como lo público, como servidores corporativos trabajando en nombre de los accionistas/electores de dicha corporación.[18]

La popularidad de la postura anticorrupción, si esta debe ser aplicada a la política o a las corporaciones, es en buena medida un producto de la tensión entre lo que sabemos que es verdadero y lo que deseamos que lo sea. Todos conocemos que la política moderna así como la vida económica se refieren a choques de intereses propios, a la maximización de las ganancias, a la obtención de utilidad y que estas arenas están llenas de antagonismos y animosidades. El problema es que la división público/privado ha afirmado que nosotros, como miembros de un Estado organizado, estamos vinculados entre nosotros gracias a los intereses comunes, que por medio de nuestros cuerpos abstractos como miembros del cuerpo político llevamos una existencia inalienada y armoniosa con nuestros conciudadanos.

La tensión, por un lado, entre las fantasías nacionalistas que respaldan esta ficción del Estado organizado, unificado por medio de los intereses y destinos comunes y por el otro, la realidad social, es el trauma común que ha liderado los proyectos que buscan realizar a través del espectro político esta unidad armónica del Estado organizado. La única diferencia significativa entre ellos es que entienden como él problema: corporaciones codiciosas, individuos patológicos, aparatos de gobierno fuera de control, etc. En todos los casos la consecuencia es que existe una presencia patológica en la sociedad; algo está fuera de lugar.

La popularidad del discurso anticorrupción es también un testimonio del éxito de los rituales y reglas de separación concernientes a las categorías de lo público y lo privado. En lugar de rechazar las categorías como fantasías burguesas diseñadas para sostener la ficción del Estado organizado, los descontentos buscan producir el cambio social por medio y a través de estas categorías. Como ha sido demostrado aquí, aun la literatura académica sobre la corrupción ha tomado las categorías de lo público y lo privado como lo natural, lo esencial, lo universal, lo indiscutible e ineludible. Así, el asunto de la corrupción ha permanecido en buena medida como uno tecnocrático, que incluye el manejo correcto de las cosas de tal forma que todo permanezca en el lugar en el que debe estar; el Estado se encuentra fuera de nuestras vidas privadas, las corporaciones se encuentran en el lugar que asegura el control del público, los americanos permanecen en su rincón del mundo, etc. Lo que siempre está perdido es la función del “deber”, la ubicación de las cosas en términos de lo que debe ser, antes que en términos que mantener las cosas en sus lugares apropiados. El cambio de la noción de corrupción tradicional a la moderna ha coincidido con nuestra renuncia a la pregunta del deber ser en la ontología política burguesa. La posición radical hoy no es obsesionarse con la corrupción corporativa y permanecer atrapados por la falacia de que solo si algunos procedimientos fuesen reformados y la codicia se mantuviese bajo control, podría ser realizado el interés público. La posición radical hoy es rechazar las categorías de lo público y lo privado como han sido constituidas en el presente y desenmascarar todas las cuestiones que han sido subsumidas por el discurso de la corrupción.

La tarea a la mano hoy es ir más allá de las posiciones moralistas, tecnocráticas y formalistas hacia donde nos conduce el concepto de corrupción. El problema real no es que algo está fuera de su lugar; es que no hay proceso político alguno por medio del cual podamos ubicar lo que pensamos es la buena sociedad, a fin de conocer si nos estamos moviendo en la dirección correcta o si estamos en un estado de diaphthora. Las ilusiones de la pureza y el deseo del orden han reemplazado a la política real; este es el problema.



[i] Artículo publicado originalmente bajo la siguiente referencia: Bratsis, Peter, “The Construction of Corruption, or Rules of Separation and Illusions of Purity in Bourgeois Societies”, en Social Text, 77 (Volume 21, Number 4), Winter 2003, pp. 9-33. Publicado por Duke University Press.

[ii] Peter Bratsis es Ph.D. en Ciencia Política, The Graduate School, CUNY. Actualmente es profesor universitario en Gran Bretaña, y orienta la revista Situations, que puede consultarse en Facebook. Fue partícipe del V Seminario Internacional A. Gramsci, Ier Semestre de 2011.

[iii] Politólogo y Magister en Sociología de la Universidad Nacional de Colombia, miembro del grupo Teoría Política Contemporánea y actualmente docente de la Universidad La Gran Colombia. El traductor aprovecha la oportunidad para agradecer al profesor Miguel Ángel Herrera quien se contactó con el autor de este escrito. Sin su colaboración ni la del autor, quien amablemente estuvo de acuerdo con la traducción, no habría sido posible esta tarea de socialización. (N del T)

[iv] Las citas hechas por Bratsis han sido igualmente traducidas para facilitar la lectura, así haya o no una edición en español de las obras referenciadas. Con el mismo propósito se han traducido los títulos. Sin embargo, es menester aclarar que las ediciones y las páginas a las que se hace referencia en el escrito corresponden a las fuentes originales consultadas por el autor. (N del T)

* Como se verá en las páginas siguientes, el autor se refiere específicamente al reglamento del Congreso estadounidense (N del T)

[vi] En el original el término para designar república es polity. Se ha preferido utilizar la palabra república en esta traducción al español debido a que se ajusta mejor al sentido del original (N del T)

[vii] El término en el original es polity. La palabra designa sociedad organizada o al Estado como unidad política. Para la presente edición, se ha traducido el término inglés en esta sección por la expresión Estado organizado, por considerar que se ajusta mejor al sentido del concepto en el original (N del T).



Notas

Varios argumentos e ideas presentadas aquí fueron desarrolladas durante numerosas discusiones con Constantine Tsoukalas, sin cuyo aporte y estímulo este ensayo no habría sido posible. Stanley Aronowitz, John Bowman, Andreas Karras, Lenny Markovitz, Eleni Natsiopoulou, Frances Fox Pive y Yannis Stavrakakis han leído una versión anterior de este ensayo y han suministrado comentarios y sugerencias importantes. Igualmente este ensayo se ha beneficiado de gran manera del aporte de Randy Martin y del colectivo de la editorial de Social Text.

[1] Para una discusión sobre algunas formas como ha sido definida la corrupción, ver Heiddenheimer, Johnston, and LeVine (1989). Ellos sostienen que hay tres: “la centrada en el cargo público”, entendida como una desviación de los requisitos del cargo público; “la centrada en el mercado”, como la actividad orientada a la búsqueda de renta por los servidores civiles; y “la centrada en el interés público”, como una acción que lesiona al interés público. Todas estas definiciones contienen la idea de que lo público es subvertido por lo privado.

[2] A veces Aristóteles identifica cuatro tipos de constituciones, incluyendo a la oligarquía en la lista y reemplazando a la república con la democracia

[3] La definición estándar de diaphthora puede ser encontrada en el léxico referido al griego-inglés de Liddle-Scott, el cual está habilitado en línea en www.perseus.tufts.edu

[4] Peter Euben (1989) ha equiparado el término stasis, no diaphthora, con corrupción política. Stasis se refiere a la destrucción y la fractura de la comunidad política y así puede fácilmente ser considerado como diaphthora. Así como diaphthora, stasis no implica un asunto de transgresión entre lo público y lo privado.

[5] Esta breve discusión de las categorías de lo público y lo privado necesariamente deja de lado muchos problemas y debates importantes. Se requiere un debate mucho más extenso sobre estos puntos para demostrar el sentido completo de la división público – privado y su desarrollo. En este sentido y como complemento a lo sostenido por Kantorowicz, El proceso de la civilización de Norbert Elias (Malden, Mass.: Blackwell, 2000) es un escrito seminal que versa específicamente sobre la discusión acerca de cómo el rey de señor feudal se transformó en un funcionario público.

[6] El don escrito por Marcel Mauss (1990) es también importante en este punto. Según Mauss, “La misma palabra “interés” es en sí misma reciente, originalmente una técnica contable: la palabra latina interest estaba escrita en libros contables referida a las sumas de interés que debían ser recogidas. En los sistemas antiguos de moralidad del carácter más epicureista es lo bueno y lo placentero lo que es buscado y no una utilidad material. La victoria del racionalismo y del mercantilismo fueron necesarias antes de que las nociones de lucro y de lo individual emergieran al nivel de principios y fuesen a su vez introducidas. Uno puede casi fechar – desde La fábula de las abejas de Bernard Mandeville – el triunfo de la noción de interés individual. Solo con gran dificultad y con el uso de perífrasis estas dos palabras pueden ser traducidas al latín, el griego o el árabe” (76). Ver también Louis Dumond (1977) sobre el surgimiento de estas ideas.

[7] El tema de la corrupción es particularmente confuso en el caso de Maquiavelo porque ya está presente en su trabajo la división público – privado y el problema de los intereses, como cuando el señala que, “así los senadores enviaron dos embajadores para que le suplicaran dejar de lado las enemistades privadas y realizar el nombramiento guiado por el interés público” (523). En este contexto, es fácil aceptar el planteamiento de Shumer sobre la subversión de lo público por lo privado como una dimensión de la corrupción para Maquiavelo. Sin embargo, si aceptamos este argumento, Hirschman también está en lo correcto en su apreciación y el concepto de corrupción encontrado en Maquiavelo todavía es tradicional, porque los intereses privados en este contexto funcionan como el soborno lo hizo en el ejemplo anterior, como algo que disminuye la virtud. Así, los intereses privados son malos en sí mismos y la corrupción no es simplemente la presencia de los intereses privados dentro del interés público. Por ejemplo, la idea que Shumer propone sobre la corrupción del promedio de los ciudadanos debido a su privatización es completamente impensable desde la perspectiva de la comprensión moderna de la corrupción. No tiene sentido afirmar en el contexto moderno, por ejemplo, que los votantes son corruptos porque ellos sufragan conforme a sus intereses privados. De hecho, no es posible afirmar que los ciudadanos privados son siempre corruptos en el sentido moderno del término (aunque ciertamente pueden corromper, como cuando tientan a los servidores públicos con sobornos y favores). La diferencia entre la comprensión antigua y la moderna de corrupción es examinada más adelante en la siguiente sección de este ensayo.

[8] Dado que el concepto moderno de corrupción se hace comprensible en algún momento después del nacimiento de la ruptura entre lo público – privado, parece posible, en oposición a Mauss y a Hirschman, que el uso moderno del término ocurra incluso antes de Mandenville (el argumento de Mauss – La fábula de las abejas fue publicada en 1714 con el subtítulo revelador de Vicios privados, beneficios públicos) o de finales del siglo XVIII e inicios del XIX (argumento de Hirschman). Por ejemplo, Francis Bacon fue condenado por corrupción política qua soborno en 1621. Su famosa confesión fue: “Soy culpable de corrupción y renuncio a toda defensa”. Dado el predominio de la doctrina de los dos cuerpos en la Inglaterra de la reina Isabel y la relativa novedad de condenar a un juez por soborno (en aquel tiempo, era común para los jueces recibir donaciones de las partes ganadoras), parece probable que aun con Bacon estamos en presencia del uso del término corrupción en el sentido moderno. Aquí el punto importante es que la emergencia del concepto moderno de corrupción no debe ser pensado como un acontecimiento sino, más bien, como un proceso que comienza con la irrupción de la doctrina de os dos cuerpos y que deviene completamente realizada en la época de las revoluciones burguesas de los siglos XVIII y XIX.

[9] Noten la similitud de esta forma de comprender la corrupción con la demanda de Bin Laden et al, sobre la presencia de los occidentales en el Medio Oriente como una corrupción de los lugares sagrados del Islam. No existe nada malo o demoniaco en los estadounidenses como tal; el problema es que están fuera de su lugar apropiado. La misma lógica ha sido utilizada por los fascistas alemanes; aquí el problema político básico es que las cosas se encuentran fuera de su lugar y el proyecto político nazi, propone devolver las cosas al orden “correcto”. El problema concerniente a los judíos y los gitanos es que no existe un espacio “apropiado” al cual devolverlos; así ellos siempre son una corrupción. La única “solución” es eliminarlos conjuntamente.

[10] Además, en casi todas las contribuciones sobre la materia, en la que indudablemente la colección de artículos más conocida y más autorizada es la de Heidenheimer, Johnston y LeVine titulada Political Corruption: A Handbook (1989), existen cientos de ensayos en esta tradición que pueden ser encontrados en las principales revistas que versan sobre estudios regionales y política comparada, particularmente sobre Asia, Sur América, Africa y Europa del Este y del Sur.

[11] Aproximadamente todos los comentaristas de la corrupción política, incluyendo a van Klaveren, admitirían fácilmente que la corrupción sucede incluso en las sociedades capitalistas liberales. La cuestión principal es si ésta se presenta como una transgresión a las reglas y las normas institucionales aceptadas o si lo hace de forma sistemática. Igualmente, la cuestión es usualmente presentada como una de frecuencia; la corrupción existe en todas partes pero hay elementos patológicos en las sociedades subdesarrolladas que la hacen mucho más común en ellas que en el mundo desarrollado. Huntington (1989) dice que, “la corrupción obviamente existe en todas las sociedades, pero también es obviamente más común en unas sociedades que en otras y más común a veces en la evolución de una sociedad que en otros momentos” (377)

[12] Equívocamente, Douglas asume que las ranas son limpias porque no están enumeradas por su nombre en secciones importantes del Levítico. Ella explica la aparente anomalía de un lagarto que es limpio como resultado de las ranas que tienen cuatro patas y que saltan (en oposición a otros lagartos que no tienen cuatro patas, enjambran y se arrastran). Que las ranas, a pesar de tener cuatro patas y saltar, son sucias, puede explicarse fácilmente por su naturaleza ambigua.

[13] El dicho común que reza “la limpieza es la piedad”, aparentemente derivado de un viejo proverbio hebreo, tiene sentido en este contexto.

[14] La excepción parcial se encuentra en algunos estados australianos (Nueva Gales del Sur, Queensland y Australia del Oeste) Estos tres han aprobado recientemente leyes contra la corrupción que son muy amplias y generales.

[15] Obviamente, esta prohibición general contra la vinculación de los donativos a acciones pasadas o futuras simplemente requiere que el intercambio no sea explícitamente ligado a las acciones; ofrecer un donativo o una contribución está bien siempre y cuando no sea presentada como un intercambio por alguna acción.

[16] Como sucedió con los escándalos relativos a los ahorros y a los préstamos durante los años 1980s, casi siempre es aceptable para los miembros del Congreso ofrecer respaldo a los intereses empresariales, pero cuando parece que se brinda demasiado respaldo, cualquiera que sea el juez, puede decirse que se violan las reglas de separación precisamente porque la gente juzga dicho respaldo como exagerado, porque no “refleja credibilidad” en los aparatos de Estado. Cuando se llegan a haber respaldado ahorros y préstamos que han fallado y le han costado billones de dólares a los contribuyentes, parece que el umbral de lo que constituye demasiado es más bajo de lo usual. En este sentido, éste puede muy bien ser el caso de Shuster, donde la única razón para ser investigado y reprobado por el CSOC, fue que el Journal of Commerce publicó un artículo que levantó sospechas sobre las actividades de Shuster y también, porque él fue objeto de una investigación por el programa de televisión 60 minutos.

[17] Debe anotarse que la doctrina de los dos cuerpos no solo establece la división moderna de lo público y lo privado, sino que también hace posible la ficción moderna de la unidad social. Esto fue reconocido por Kantorowicz y el documenta el surgimiento de la ficción legal de tal unidad (1957, 291 – 313). Ver también Stoljar 1973.

[18] Claro que hay mucho más en juego cuando se trata de la corrupción corporativa. Las reglas concernientes a las prácticas contables, operaciones con acciones y conductas similares están siendo constantemente ajustadas y combatidas en las demarcaciones siempre cambiantes de lo que constituye una presencia normal de lo privado en la vida corporativa. Igualmente, la carga normativa del término corrupción viene a estigmatizar todo un conjunto de prácticas y moraliza estas transgresiones como producto de individuos “malvados” y “codiciosos”.

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