Debate con el proyecto de Ley de Educación Superior  y Reforma Intelectual y Moral 
     Después  de la movilización nacional del pasado jueves, y la audiencia pública  en el Congreso de la República, conviene revisar y reflexionar sobre los  documentos que se vienen produciendo antes y después, que enriquecen la  perspectiva crítica al proyecto gubernamental de reforma a la Ley de  educación superior. Aquí incluimos con subrayados y resaltados el  importante trabajo reflexivo de autoría del profesor investigador  Leopoldo Múnera, quien acompañó durante dos periodos la gestión  académica de la rectoría de Víctor Manuel Moncayo.
La  suya es una mirada panorámica, con pretensiones validas de pedagogía  política, y que entraña aspectos tanto reveladores como polémicos, no  solo en materia de mirada y contraste de las cifras oficiales  prometidas, sino también en cuestionamiento a la pretensión de  "aparente"  construcción sistémica de la educación superior. Lo cual  parece embarcarse dentro de la pícara estrategia de los "simulacra", a  los que se refiere el último apartado del escrito.
Otro  colega, Carlos Medina Gallego, activo en la comisión política, ha  intervenido en relación con una aproximación crítica al concepto de  calidad, y a su cuestionamiento explícito desde la perspectiva de otro  concepto, la excelencia. Ello para problematizar uno de los puntos  implícitos en el llamado "programa mínimo" de los estudiantes, que  consta de 6 puntos. Este tópico de la calidad aparece tratado aquí, por  Leopoldo, sin que en apariencia sea objeto de un cuestionamiento  puntual.
La  referencia se hace en el interés de potenciar el intéres de toda la  comunidad universitaria, local, nacional, regional e internacional en  este necesario debate, para que alimente eso que Gramsci llamara  Filosofía de la Praxis, y como colofón de lo que propuso pensar y hacer  el VI Seminario Internacional A. Gramsci, realizado los días 25 y 26 de  Octubre pasados. N d la R.
El XYZ de la Reforma a la Ley 30 de 1992
   (Ley de Educación Superior)
   
  1. ¿Para qué y por qué una reforma a la educación superior?
  La  reforma está dirigida a reestructurar el mercado laboral en función de  las nuevas formas de acumulación del capital y de la inserción acrítica y  subordinada en la economía global.
  Durante  la segunda mitad del siglo XX, la baja cobertura en la educación  superior colombiana fue compatible con un tipo de desarrollo que no  exigía una mano de obra especialmente cualificada. No obstante, los  cambios en el proceso productivo, determinados por el post-fordismo y la  globalización, exigen en la actualidad  la formación  de operadores competentes para hacer funcionar la nueva máquina social y  productiva del capital en el país. De lo contrario, la competitividad  en el mercado global y la capacidad de consumo de los nuevos bienes y  servicios continuará siendo muy limitada.
  Con  este horizonte económico, se pretende que el mercado laboral del futuro  esté conformado por una pequeña élite de profesionales con alta  formación académica para los cargos directivos y los servicios  especializados, un grupo un poco más amplio de  profesionales con una formación intermedia y funcional a la máquina  productiva, lo operadores calificados, y una gran masa de técnicos y  tecnólogos con conocimientos básicos y flexibles, que ejecuten  diferentes tipos de tareas cambiantes, sin reflexionar sobre ellas, o  que puedan ser los empresarios de su propia pobreza.
  Por consiguiente, la reforma a la Ley 30 de 1992 no implica una ruptura del modelo práctico  para la educación superior seguido hasta el momento por Colombia,  caracterizado por una reducida inversión pública y una educación  superior de mediana o baja calidad y pertinencia, sino la profundización y reorientación del mismo, de acuerdo con la nueva fase de acumulación del capital.
  Si  la propuesta gubernamental es aprobada en el Congreso de la República,  seguirán proliferando las instituciones privadas de “garaje” o  “condominio” y las instituciones públicas con una pobre financiación  estatal, fundamentalmente en las ciudades intermedias o en las capitales  de los departamentos con menor presupuesto, al  tiempo que se reforzará la mutación de la educación para el trabajo,  como la del Sena, en una educación técnica y tecnológica con baja  inversión por estudiante y ajena al desarrollo de capacidades críticas o  innovadoras.
  En  términos generales, la educación de las elites se concentrará en unas  pocas universidades privadas de alto costo y en algunas estatales con  tendencias a asimilarse a aquellas, la de los cuadros medios en el resto  de las universidades públicas sumidas en diferentes procesos de  privatización o reconvertidas en mixtas y la de la mayoría de la  población en la educación técnica y tecnológica de baja calidad,  poca creatividad y salarios precarios. De  esta forma piensa el Gobierno Santos insertar el país en el mercado  global y enganchar la educación superior a las locomotoras del  desarrollo.
   
  2.  Sin embargo, de acuerdo con la Ministra de Educación, se va a aumentar  el presupuesto para la educación superior como nunca antes en la  historia colombiana.
  Si  nos atenemos a las cifras dadas por la Ministra de Educación, sin  explicar con claridad la destinación específica de los recursos ni cómo  se calcularon, en los próximos tres años se va a  incrementar el presupuesto para el sector en 1,5 billones de pesos para  generar 600.000 nuevos cupos en el pregrado y 45.000 en el postgrado.  Para las instituciones públicas se van a destinar 420.000 millones de  pesos “frescos” para generar 95.000 cupos. Además, entre 2012 y 2022 los  recursos nuevos llegarán a ser 11.1 billones de pesos.
  Sin  duda, en términos absolutos el presupuesto va a aumentar. ¿Pero va a  suceder lo mismo en términos relativos, es decir en lo que el Estado  invierte por cada estudiante, suma que se ha venido reduciendo  notoriamente en los últimos años?
  Veamos:
  De  acuerdo con las cifras oficiales, el presupuesto anual por cada  estudiante, sumados los de pregrado y postgrado, inscrito en una  institución de educación superior, pública o privada,  es de $ 4.764.164  (8,06  billones de pesos dividido por 1.691.797 estudiantes) y el de las  instituciones públicas es de $4.557.635 (4,24 billones de pesos dividido  por 930.307 estudiantes). Ambos son menos de la mitad del presupuesto  per cápita mexicano.
  En  virtud de la reforma se van a destinar 1,5 billones de pesos para los  tres primeros años, con el propósito de generar 645.00 cupos nuevos. Es decir, por cada estudiante nuevo se van a invertir $ 2.325.581 para el primer trienio, $ 775.194 por año. Una sexta parte  de lo que se invierte en la actualidad. No hay que olvidar que el 76%  de los cupos nuevos debe ser ofrecido por instituciones oficiales y que  después de 2014 los cupos deberán seguir aumentando hasta llegar a un  64% de la tasa bruta de cobertura.
  A  las universidades públicas, que tienen un déficit acumulado cercano a  los 715.000 millones de pesos, se les asignará un poco más de la mitad  del mismo, 420.000 millones de pesos, en los tres años, con el propósito  de que ofrezcan 95.000 cupos nuevos: $4.421.052  por estudiante para el trienio, $1.473.684 cada año. Menos de una tercera parte.
  Desde  luego, estas proyecciones son meramente ilustrativas, pues los 645.000  cupos nuevos son la meta para el tercer año y para llegar a ella se debe  seguir un aumento progresivo.  Sin  embargo, si calculamos el presupuesto per cápita necesario de acuerdo  con el que actualmente existe en las instituciones públicas, los 1.5  billones de pesos solo servirían para 329.118 cupos nuevos en un año,  conservando una calidad de la educación  mediana y baja.
  No  es necesario hacer más operaciones, aunque desde luego pueden ser  afinadas, para deducir que en las instituciones públicas el presupuesto  por estudiante se va reducir y que, por consiguiente, si se aprueba la reforma, el presupuesto relativo de las instituciones públicas va a disminuir.                                                                                                                                                                                                                                                    
  Dos datos más permiten confirmar este cálculo. Si  se estima que por cada treinta estudiantes es necesario un profesor de  tiempo completo, promedio muy superior al actual, se deberían contratar  21.500 docentes para atender los nuevos cupos.  Si se les pagara un salario promedio bajo, comprendidos todos los  gastos laborales, de $2.500.000 mensuales, solo la nómina costaría cada  año $650.000 millones de pesos. En  tres años superaría el presupuesto previsto en la reforma para el  periodo comprendido entre 2012 y 2014. No quedarían recursos para  laboratorios, proyectos de investigación, aulas, honorarios de los  auxiliares de docencia, equipos informáticos, etc.
  Para  los subsidios de sostenimiento, matrícula y tasas de interés se prevé  $915.000 millones de pesos; $472.868 por año para cada uno de los 645.00  cupos nuevos. ¿Con tan pocos recursos se podrá bajar la tasa de  deserción del 45%? ¿El gobierno no está haciendo demagogia con cifras absolutas gigantescas que en términos relativos son diminutas? 
  ¿Si  se quiere ofrecer una educación superior de calidad no se debe tener en  cuenta el presupuesto por estudiante en las universidades públicas y  privadas de calidad que hay en Colombia, el cual fluctúa entre 10 y 22  millones por año?  ¿No se deberían incrementar paulatinamente los recursos para la  educación superior, como un porcentaje del presupuesto de gastos de la  nación, teniendo como referencia las instituciones que el mismo gobierno  ha considerado de alta calidad?
   
  3. ¿Con este presupuesto se puede ofrecer una educación de calidad, incluso si el único criterio son las competencias laborales?
  La  reforma no está orientada a crear una educación superior de calidad,  sino a convertir el modelo del SENA, cuya educación para el trabajo fue  deformada durante el gobierno de Uribe al disfrazarla de educación  técnica y tecnológica de calidad, en la principal alternativa de  educción superior para la juventud colombiana, especialmente para los  sectores más pobres de la población. Así no tendremos derecho ni a una educación para el trabajo pertinente, ni a una educación técnica y tecnológica de calidad.
  Para  inflar las estadísticas de cobertura, el gobierno de Uribe en un poco  más de un año, entre noviembre de 2009 y diciembre de 2010,  le  dió la certificación de calidad a 72 programas del SENA. Batió así  todos los records latinoamericanos y mundiales. Ese es el camino que  desea seguir el gobierno actual:  hacer  una reforma para la educación superior que se fundamente en una  educación para el trabajo travestida en educación técnica y tecnológica y  en una educación  superior  articulada alrededor de competencias laborales acríticas que inhiben la capacidad creativa de los estudiantes.  
  De  los 465.00 cupos nuevos para los próximos tres años, 395.000 (85%)  deben ser generados por las instituciones técnicas y tecnológicas  públicas, incluido el SENA.  ¿De dónde van a salir los docentes especializados? ¿Dónde están los  recursos para la formación de profesores que permitan la innovación que  requiere el país? ¿Cuál va a ser la inversión en los laboratorios  indispensables para que este tipo de educación sea de calidad? ¿La  infraestructura se va a reducir a salones para jornadas triples? 
  ¿Es  esta la educación superior de calidad que no están prometiendo? ¿De  esta manera vamos a superar el 13% de programas, el 8% de instituciones  de alta calidad y el 13,5% de profesores con doctorado? ¿Se ha  reflexionado sobre el tipo de profesional que necesita Colombia para  salir de  la situación de pobreza y  violencia en la que está sumida o solo se está pensando en crear  condiciones para la expansión de la inversión extranjera en el país? La  calidad implica pensar en la pertinencia social de la educación  superior y en los objetivos colectivos que se pretende alcanzar con ella  mediante la formación, la investigación y la interacción con el  conjunto de la sociedad.
  Cualquiera  que sea la manera como el gobierno entiende la calidad está engañando a  los estudiantes de educación básica o media y a los padres de familia  que esperan en el futuro que sus hijos puedan acceder a instituciones  que les ofrezcan una educación superior que le sirva a ellos y a  Colombia, y no solo a un pequeño número de inversionistas nacionales y  extranjeros.
   
  4. Pero de todas formas fueron retiradas del proyecto de reforma las instituciones con ánimo de lucro.
  Las  instituciones con ánimo de lucro fueron criticadas por miembros de la  comunidad académica colombiana, entre ellos por rectores de  universidades públicas y privadas, pues son vistas como un negocio en el  que con una baja inversión se esperan sacar grandes ganancias,  ofreciendo un producto, la educación, que solo puede ser de calidad  cuando se asume como una inversión social destinada a  generar beneficios individuales y colectivos, pero no ganancias económicas.
  No  obstante, el conjunto de la reforma conserva la ideología del ánimo de  lucro: ampliación de mano de obra con una formación básica y flexible,  baja inversión pública que no implique una mayor carga tributaria y  ganancias para el capital, mediante la formación de una fuerza de  trabajo de bajo costo. Los intereses del conjunto de la sociedad  colombiana son totalmente olvidados.
  Adicionalmente,  a pesar de las declaraciones de la Ministra, la definición poco clara  de las instituciones mixtas deja abierta la posibilidad de que el ánimo  de lucro se cuele por ellas y de que sean la única alternativa para las  instituciones públicas que por la falta de recursos estatales se  encaminen hacia la quiebra. En este caso, estas últimas quedarían listas para someterse al Régimen de Insolvencia Empresarial  contemplado en la ley 1116 de 2006 y consagrado en el proyecto de  reforma, que curiosamente en su articulado exceptúa a la mayoría de las  instituciones prestadoras de servicios públicos, por ser una norma  aprobada solo para las instituciones con ánimo de lucro. 
   El ánimo de lucro no ha desaparecido de la reforma.
  Para  poder sobrevivir, las universidades públicas colombianas cada vez se  parecen más a empresas productoras de mercancías: amplían la  contratación  de profesores ocasionales a bajo costo, sustituyen las investigaciones  que sus comunidades consideran pertinentes por consultorías rentables  económicamente para las instituciones y los profesores, o reducen la  interacción con la sociedad a la denominada “extensión remunerada”. En  consonancia con estas actividades, la dirección académica está siendo  sustituida por nuevas formas de gerencia, poco compatibles con las  actividades académicas, inspiradas en la simple eficacia económica. 
  De  igual manera, los profesores son obligados a comportarse como  microempresarios de sus proyectos para poder realizarlos y en medio del  mercado de créditos académicos, muchos estudiantes escogen sus  asignaturas electivas de acuerdo con un cálculo de costo y beneficio de  tipo económico y no del sentido que le desean dar a su formación. 
  Finalmente,  la tendencia a privilegiar dentro de los nuevos recursos el subsidio o  el crédito a la demanda, destinado a los estudiantes individualmente  considerados, sobre el subsidio a la oferta, destinado a las  instituciones, crea una competencia universitaria alrededor de la  financiación dominada por la reducción de costos y no por la ampliación  de la calidad. La reforma va a  agudizar estas características que están deformando la educación  superior pública con rasgos propios de las empresas con ánimo de lucro.
   
  5. ¿Acaso en la reforma no se define la educación superior como un derecho?
  La  primera propuesta de reforma elaborada por el gobierno de Juan Manuel  Santos fue criticada por los rectores y las comunidades académicas por  reducir la educación superior a su condición de servicio público.
  En consecuencia, la Ministra de Educación decidió corregir el error en la nueva versión. La educación superior pasó a ser un derecho, un servicio y un bien público basado en el mérito y la vocación. Sin embargo, el texto de la reforma no desarrolla en ninguno de sus artículos lo referente al derecho.
  De acuerdo con la caracterización contemporánea más generalizada, acogida por las Naciones Unidas, el derecho a la educación  tiene  cinco componentes básicos: la asequibilidad o disponibilidad, la  accesibilidad, la adaptabilidad o permanencia de los estudiantes,  la  aceptabilidad o la calidad y el respeto por la diversidad. Ninguno es  garantizado en el proyecto de ley, ni siquiera considerado en sus  aspectos más elementales.
  ¿Cuáles  y de qué tipo van a ser las instituciones encargadas de garantizar el  aumento de la cobertura de tal forma que se realice el derecho mediante  la oferta de diferentes alternativas de calidad? ¿Cómo se le va a  garantizar a los estudiantes un acceso en condiciones de igualdad y no  de segmentación y diferenciación jerarquizada? ¿Qué políticas públicas  de bienestar se van a implementar para evitar la deserción?
   ¿Quién  determina la calidad de la educación superior y mediante qué mecanismos  participativos? ¿Cómo se va a garantizar la diversidad étnica y  cultural definida por la Constitución Política? Ninguno  de estos interrogantes puede ser respondido mediante el texto del  proyecto de ley, a menos que se recurra a las virtudes mágicas y  azarosas de la fórmula manida: más cobertura con menos recursos  relativos. 
   
  6. ¿La reforma no estructura por primera vez un sistema de educación superior en Colombia?
  El  sistema que supuestamente va a organizar la nueva ley es más bien un  embrollo o conjunto amorfo donde caben todas las instituciones  relacionadas con la educación superior en una unidad sin  diferenciaciones internas, sin funciones, sin una estructura jerárquica y  sin articulaciones con los otros sistemas educativos.
   En  este maremágnum educativo solo sobresale la omnipresencia del Estado y  de sus dependencias como reguladores absolutos de la amalgama educativa.  Todas las IES (Instituciones de Educación Superior) tienen autonomía,  sin que nadie se haya preguntado por el origen académico de la misma,  basado en la existencia de comunidades académicas productoras de sentido  social y societal, y en su fundamento constitucional, limitado a las  universidades; la educación terciaria, como la ofrecida por el SENA, que  ha servido para aumentar la estadísticas de cobertura y los indicadores  de financiación, es rebautizada legalmente como superior; los  títulos en los diferentes niveles pueden ser otorgados por todas las  instituciones, sin importar los requisitos que debe reunir una comunidad  académica para ofrecer programas de maestría y doctorado, siempre y  cuando tenga la acreditación de alta calidad,  conferida  por un gobierno con la obsesión de ampliar la cobertura a toda costa;  todas pueden organizarse por ciclos; y los dos organismos sistémicos, el  CESU (Consejo Nacional de Educación Superior) y el SUE (Sistemas de  Universidades Estatales) son, en el mejor de los casos, cuerpos  consultivos sin ninguna incidencia en la adopción de decisiones.
  De  esta manera, la existencia de comunidades académicas compuestas por  miembros con altos niveles de formación (la exigencia mínima del título  de maestría para los profesores queda reservada en la propuesta de  reforma para las instituciones públicas) y caracterizadas por comprender  en su complejidad campos de conocimiento diversos, interactuar  permanente con la sociedad y articularse alrededor de la investigación,  pierde su relevancia ante cualquier tipo de institución que sea  considerada por el Estado como de “alta calidad”. y que en consonancia  con tal calificación tenga la patente de corso para expedir todo tipo de  títulos
  Este  embrollo no constituye un simple recurso retórico, destinado a producir  una eficacia simbólica limitada dentro de la nueva norma; es decir, a  generar reconocimiento dentro de algunos sectores de las directivas  universitarias o de la comunidad académica que con sentido pragmático  pueden ver en él un gran avance hacia la constitución de un eventual  sistema a mediados del siglo XXI. Permite además  ampliar los ámbitos de intervención del Estado en desmedro de la  autonomía universitaria, seguir jugando nacional e internacionalmente  con las estadísticas de cobertura y de financiación, al fusionar toda la  educación terciaria y superior en la masa de las IES, y convertir la  denominación  universidad, que  contiene una rica historia social, política e institucional, en una  especie de título nobiliario postrevolucionario: inútil y con muy poca  incidencia práctica.
   
  7. ¿Tampoco hay una ampliación de la autonomía?
  Como  se dijo con anterioridad, la autonomía se extiende a todas las  instituciones de educación superior (IES) sin ninguna diferencia.  Fundamentalmente se trata de una autonomía empresarial, de gestión, para  rendirle cuentas transparentes  a  un gobierno que en forma heterónoma define el derrotero del sector y se  reserva la facultad omnímoda de reconocer o no a las instituciones que  participan en él.
  La  exclusión de los consejos académicos, conformados en su mayoría por los  miembros de las comunidades académicas, de los órganos de gobierno,  para  incluirlos posteriormente, mediante un eufemismo, como cabezas de una  dirección académica supeditada al consejo superior, con las  características de una junta directiva, no es sino el símbolo del  desprecio por la autonomía universitaria que campea en todo el texto de  la reforma.
  La  función de inspección y vigilancia, de la cual afortunadamente se  suprimió la inconstitucional intervención directa en las instituciones  que incluso estaba prevista como medida preventiva, centrada en los  compromisos de cumplimiento, y en la tipificación abierta e imprecisa de  las faltas, tiene más bien las características de una función disciplinaria y de control institucional.
  En  términos financieros, la reforma mantiene las restricciones  presupuestales que atentan contra la autonomía universitaria y, en  contra de los fallos reiterativos de la Corte Constitucional, somete los  nuevos recursos financieros a condicionamientos gubernamentales.
  Al  igual que la ley 30, el proyecto del gobierno solo reconoce una  autonomía institucional restringida en cabeza de las directivas, que a  su vez, en las universidades públicas,  seguirán  siendo nombradas por Consejos Superiores donde la representación de la  comunidad universitaria es claramente minoritaria y la influencia del  gobierno nacional o departamental decisiva.
  Tampoco  se reconoce una autonomía sistémica. En el CESU (Consejo Nacional de  Educación Superior) las universidades sólo tienen dos representaciones  directas en un conjunto de diez y siete miembros, las del Rector de la  Universidad Nacional de Colombia y la del Presidente del SUE, mientras  el gobierno tiene seis, incluido el Director del SENA, el denominado  sector productivo dos, las asociaciones profesionales uno, y las IES en  su conjunto los seis restantes. 
  El  CNA, a su vez, estará integrado por miembros nombrados por el CESU, y  la CONACES (Comisión Nacional Intersectorial de Aseguramiento de la  Calidad de la Educación Superior) por tres miembros del gobierno y uno  del sector productivo. Es decir, en la regulación de la calidad de la  educación superior no participan las universidades, tampoco el resto de  las IES, a menos que lo hagan como invitadas especiales. 
  Solo  el SUE (el retórico Sistema de Universidades Estatales) tiene una  composición mayoritaria de las universidades, pero para cumplir tareas  operativas y de racionalización y optimización de los recursos. La  autonomía sistémica no está ni siquiera en los bordes más lejanos del  horizonte de sentido de los reformadores y, por consiguiente, las  universidades no van a tener la más mínima injerencia en la formulación  de las políticas públicas para el sector o en el gobierno externo de las  instituciones. 
   
  8.  De acuerdo con la Ministra, el último proyecto de reforma fue el  resultado de una amplia participación de la comunidad académica en el  debate.
  Los últimos gobiernos, y también las autoridades académicas de las universidades públicas,  han ido institucionalizando lo que en teoría política se denomina una simulacra: la  participación de la sociedad en debates destinados a legitimar  decisiones previamente adoptadas, la cuales solo sufren retoques en  virtud del proceso participativo.
   
  Leopoldo Múnera Ruiz
  Profesor Asociado
  Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales
  Universidad Nacional de Colombia
  21 de octubre de 2011